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Persona natural o jurídica. Son profesionales independientes de la institución aseguradora que actúan como expertos imparciales al momento de ajustar un siniestro. Investigan los hechos, comprueban y dan seguimiento a la reclamación, y valoran o realizan un estimado del pago por pérdidas o daños.
En sentido estricto, es la persona que, en sí misma o en sus bienes o intereses económicos, está expuesta al riesgo.
Es la persona que, mediante la formalización de un contrato de seguro, asume las consecuencias dañosas producidas por la realización del evento cuyo riesgo es objeto de cobertura. En la práctica, en la mayoría de las legislaciones, el asegurador debe ser una persona jurídica, generalmente bajo la forma de sociedad anónima o cooperativa.
Es aquel perjuicio material que ocurre de manera repentina, inesperada e inmediata, como consecuencia de un hecho accidental, y que puede identificarse claramente en cuanto a su momento de ocurrencia, sin que sea resultado de un proceso gradual, progresivo o de desgaste. En el campo de los seguros, este tipo de daño constituye la base fundamental para determinar la cobertura según la póliza vigente.
Es la cantidad de la pérdida que asume el asegurado en caso de una reclamación o siniestro. Puede corresponder a un valor fijo, un porcentaje de la pérdida o un porcentaje del valor asegurado.
Es la persona que, por ley, debe designar la aseguradora para resolver, de forma objetiva, gratuita e imparcial, los conflictos que se presenten entre el consumidor y la aseguradora, en asuntos de su competencia.
El interés asegurable, el riesgo asegurable, la prima o precio del seguro y la obligación condicional del asegurador.
Es un hecho de origen natural o provocado por el hombre, de forma accidental o voluntaria, que afecta de manera grave, masiva e indiscriminada el funcionamiento normal de una sociedad. Debe ser declarado como situación de desastre o calamidad pública por la entidad estatal correspondiente.
Es una condición específica señalada en el contrato de seguro que no está cubierta y por la cual la aseguradora no paga ninguna indemnización ni presta servicio.
Se presenta cuando no se asegura el valor total del interés. En este caso, el asegurador solo indemniza el daño en proporción entre la suma asegurada y el valor real del bien. No obstante, las partes pueden pactar condiciones distintas dentro del contrato.
Corresponde a la pérdida de utilidad bruta causada por la disminución de ingresos del negocio y/o el aumento de gastos de funcionamiento, derivados de un evento cubierto por la póliza. Su análisis se basa en criterios contables bajo el principio de causación.
Los ajustadores designados para liquidar pérdidas son seleccionados de la nómina de peritos de la compañía de seguros, de acuerdo con su especialidad y experiencia.
Es el documento mediante el cual se definen las condiciones pactadas en el contrato de seguro. Incluye condiciones generales, particulares, especiales y anexos que complementan o modifican su alcance.
Es el área en la cual el asegurado desarrolla las actividades objeto del seguro, cuya ubicación se especifica en la póliza, e incluye los elementos asociados al concepto de edificio o negocio.
Es el valor que debe pagar el tomador por la cobertura del seguro.
Son los fundamentos legales y éticos del contrato de seguro: interés asegurable, prima, indemnización, subrogación, buena fe, causa próxima y contribución.
Es la materialización del riesgo asegurado, entendido como un hecho externo, súbito, accidental e imprevisto ocurrido dentro de la vigencia de la póliza, que genera daños materiales o personales cubiertos total o parcialmente por el seguro.
Corresponde al Salario Mínimo Mensual Legal Vigente.
Es el monto máximo que la aseguradora pagará en caso de un siniestro. Generalmente, a mayor suma asegurada, mayor será la prima.
Es cualquier persona natural o jurídica distinta del tomador o asegurado, incluyendo las exclusiones específicas establecidas en la póliza.
Es la persona natural o jurídica que suscribe el contrato de seguro y asume las obligaciones derivadas del mismo, entre ellas el pago de la prima.
Es el riesgo o evento cubierto por el seguro, por el cual la aseguradora indemniza o presta un servicio cuando ocurre.
Es el perjuicio material que se produce de forma lenta, continua y acumulativa en el tiempo, como resultado del desgaste, uso o falta de mantenimiento, sin que exista un hecho súbito que determine su origen.

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